Feriado trasladable: qué cambia con la resolución que confirmó el lunes 10 de octubre como día no laborable

El gobierno nacional formalizó que el viernes 10 de octubre será feriado a nivel nacional, medida publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 139/2025, con la firma del jefe de Gabinete Guillermo Francos. La decisión se enmarca en el nuevo criterio que habilita al Poder Ejecutivo a trasladar feriados que coincidan con fines de semana al viernes inmediato anterior o al lunes siguiente, buscando dinamizar el turismo interno y beneficiar a sectores como la gastronomía, el transporte y el comercio regional.

Qué cambió exactamente

  • Nuevo instrumento: la Resolución 139/2025 aplica la facultad de traslado para feriados que la ley 27.399 calificó como trasladables, pero no había definido el procedimiento cuando esos feriados coincidían con sábados o domingos.
  • Autoridad de aplicación: la Jefatura de Gabinete, a cargo de Francos, será la encargada de decidir caso por caso (trasladar o no, y a qué fecha dentro de las opciones: viernes anterior o lunes posterior).
  • Feriados inamovibles: no se tocan. Las fechas consideradas inamovibles seguirán celebrándose en su día original sin posibilidad de corrimiento.

Motivos y objetivos del traslado

  • Estimular la demanda turística interna: generar fines de semana largos estratégicos para incentivar viajes domésticos.
  • Apoyar sectores clave: gastronomía, transporte, alojamiento y comercio regional suelen experimentar picos de consumo en fines de semana extendidos.
  • Orden administrativo: la resolución cierra un vacío legal que dejaba incertidumbre sobre cómo actuar cuando un feriado trasladable caía en fin de semana.

Impacto práctico en 2025

  • Octubre: el fin de semana del 10 de octubre será largo (viernes 10 + sábado 11 + domingo 12). El feriado del 12 de octubre se mantiene en el calendario; la resolución aplicó el traslado para lograr un fin de semana largo previo.
  • Noviembre: habrá un fin de semana largo de cuatro días que comprende el viernes 21 (no laborable con fines turísticos), sábado 22, domingo 23 y el lunes 24 (Día de la Soberanía Nacional, trasladado desde el 20).
  • Diciembre: fin de semana largo compuesto por sábado 6, domingo 7 y lunes 8 (Día de la Inmaculada Concepción, inamovible). El 25 de diciembre (Navidad) sigue siendo feriado inamovible.

Qué deben tener en cuenta empleadores y trabajadores

  • Calendarios y planificación: empresas y organismos públicos deben actualizar sus calendarios laborales anuales conforme a las resoluciones que publique la Jefatura de Gabinete.
  • Convenios y turnos: revisar convenios colectivos, guardias y turnos para evitar conflictos por recategorización de días laborales.
  • Comunicación: las áreas de Recursos Humanos y logística deben informar con antelación para reprogramar actividades, viajes y servicios.

Posibles críticas y debates

  • Criterio discrecional: al dejar la decisión en la Jefatura de Gabinete existe la percepción de discrecionalidad año a año sobre qué feriados trasladar.
  • Impacto económico sectorizado: si bien beneficia al turismo y al comercio, algunos rubros pueden enfrentar costos por reorganización de turnos o pérdida de productividad.
  • Consenso social: cambios en el calendario de feriados suelen generar debate sobre la tradición, memoria histórica y el rol de los feriados inamovibles.

Cómo se implementará en adelante

  • Publicación anual: se espera que la Jefatura de Gabinete emita disposiciones complementarias para cada año calendario, estableciendo qué feriados trasladables se moverán y en qué fecha concreta (viernes anterior o lunes posterior).
  • Consulta técnica: la resolución permite dictar aclaraciones y normativas complementarias para resolver casos específicos y garantizar previsibilidad.

Conclusión La resolución que oficializa el feriado del 10 de octubre refleja una política pública orientada a generar fines de semana largos con el objetivo de reactivar el turismo interno y dinamizar economías locales. Introduce además un mecanismo administrativo para resolver la vacancia legal sobre feriados que coinciden con fines de semana, delegando en la Jefatura de Gabinete la tarea de decidir trasladarlos cuando corresponda. Empleadores, trabajadores y prestadores de servicios deben estar atentos a las futuras disposiciones para ajustar calendarios y operaciones.