El Gobierno nacional oficializó una reducción significativa en las tasas de interés aplicables a deudas impositivas y aduaneras. La medida, establecida a través de la Resolución 823/2025 publicada en el Boletín Oficial, entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2025 y busca acompañar la desaceleración de la inflación registrada en los últimos meses.
Nuevos valores de tasas
Los cambios impactan en tres tipos de tasas clave para contribuyentes y empresas:
- Tasa resarcitoria (por pagos fuera de término): baja de 4% a 2,75% mensual.
- Tasa punitoria (por deudas judicializadas o con intimación): baja de 5% a 3,5% mensual.
- Tasa de devolución (cuando el Estado debe reintegrar fondos a los contribuyentes): baja de 0,75% a 0,5% mensual.
Estos nuevos valores solo se aplicarán a obligaciones con vencimiento posterior al 25 de junio, y no tendrán efecto retroactivo. Es decir, las tasas previas seguirán vigentes para deudas anteriores a esa fecha.
Un contexto de ajuste fiscal y previsibilidad
Según lo detallado por el Ministerio de Economía, la medida se enmarca en una política más amplia de ordenamiento macroeconómico. «El Gobierno Nacional continúa bajando las tasas de interés y evitando fluctuaciones que dificultaban la previsión para contribuyentes y operadores aduaneros», señala el texto de la resolución.
El propio Luis Caputo, ministro de Economía, compartió la noticia destacando la importancia de reducir la presión financiera sobre quienes cumplen con sus obligaciones fiscales.
Claves para contribuyentes
- Revisar la fecha de vencimiento de las deudas para conocer qué tasa corresponde.
- Considerar que estas modificaciones impactan también en planes de pago futuros.
- Evaluar oportunidades de regularización fiscal con tasas más convenientes.
Con esta medida, el Ejecutivo busca seguir consolidando un marco económico más previsible y alivianar la carga financiera de las PYMES y contribuyentes individuales.